Pensión directa: cómo tramitar
la prestación
por el fallecimiento de un
trabajador en actividad
ANSES recuerda
que la viuda/o o conviviente del causante podrá iniciar el trámite de pensión,
en caso de fallecimiento de un trabajador, siempre que el causante cumpla con
la regularidad de aportes efectuados al SIPA.
En el caso de
las convivencias, deberá acreditar haber vivido públicamente en aparente
matrimonio durante, por lo menos, cinco años inmediatamente anteriores al
fallecimiento, plazo que se reduce a dos años cuando existen hijos reconocidos
por ambos convivientes.
También tendrán
derecho a la pensión los hijos/as solteros de hasta dieciocho años e hijas
viudas, siempre que no gocen de otro beneficio, y los hijos incapacitados sin
límite de edad, si al momento del fallecimiento, se encontraran imposibilitados
para el trabajo y a cargo del causante.
Asimismo, ANSES informa que hoy, miércoles 2 de noviembre, cobran los
beneficiarios de las Pensiones No Contributivas (PNC) cuyos documentos terminan
en 2 y 3. Mañana, jueves 3 de noviembre
cobran estos mismos beneficiarios cuyos documentos concluyen en 4 y 5.
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