HESURMET S.A

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jueves, 17 de noviembre de 2011


Golpe a Moyano:
La Justicia condenó a cinco camioneros de Azul

Los máximos responsables de la Cooperativa de Transporte de Azul recibieron penas de hasta dos años de prisión por romper silobolsas, tirar clavos en los campos y amenazar de muerte a productores que no contrataban sus camiones. La causa, que sienta un precedente, significa un duro revés judicial al líder de la CGT.  

(La Política Online).- En un fallo histórico, la Justicia decidió condenar a cinco de los once integrantes de la Cooperativa de Provisión de Transporte de Azul Ltda. que habían sido enjuiciados el mes pasado por diversos delitos de coacción y violación a la propiedad privada.
El fallo, a cargo del juez Héctor Torrens, incluyó absoluciones para seis miembros de dicha cooperativa transportista, acusados de amenazar y de causar hechos de violencia y destrozos en los campos de los productores que se negaron a contratar sus camiones. 

Según pudo averiguar La Política Online con diversas fuentes judiciales de la zona, los cinco camioneros condenados son Marcelo Oteo (44), Oscar Pouyannes (55), Juan Cosentino (50), Walter Cosentino (46) y Marcelo Astudillo (45).
El que se llevó la peor parte fue Oteo, un hombre fuertemente vinculado al líder de la CGT, Hugo Moyano, y titular de la cooperativa. Éste camionero fue condenado a dos años de prisión en suspenso tras ser declarado coautor del delito de coacción. 

En el caso de los hermanos Cosentino y Astudillo, también fueron condenados a dos años de prisión tras ser encontrados responsables de un acto violento en las oficinas de la cerealera Precom, que justamente, no contrataba los servicios de la cooperativa. 

En tanto, Pouyanes -mano derecha de Oteo- recibió la pena de seis meses de prisión en suspenso calificado como autor penalmente responsable del delito de amenazas por lo ocurrido el pasado 26 de febrero en el campo del productor Dardo López.

El abogado defensor de los cinco camioneros condenados, Fernando Santomauro, dio a conocer que apelará el fallo, a pesar de que las sentencias, en todos los casos, fueron considerablemente menores a lo solicitado por el fiscal de la causa. 

Por su lado, José Guijón, Fabián Gómez, Claudio Barbalarga, Luis Carrucio, Hugo Conti y Daniel Conti, fueron absueltos del delito de “coacción” que se les imputara como cometido en perjuicio de un camionero en el playón de cargas de una cerealera. 

En diálogo con LPO, Rodolfo Prémoli, presidente de la Sociedad Rural de Azul, manifestó que “creemos que esta medida va a generar un buen precedente para que no vuelvan a repetirse actos de violencia y amenazas contra los productores”. 
“Estamos conformes con la resolución de los jueces porque la preocupación por estos hechos era muy grande en épocas de cosecha”, señaló Prémoli. “Esperemos que de ahora en más se respete el derecho a la libre contratación de los productores”, agregó. 

Un dato que llamó la atención de los presentes cuando se leía la sentencia fue la fuerte presencia policial que se montó en el edificio del Palacio de Justicia de Azul (de todas maneras, todo el proceso judicial se desarrolló con total normalidad).

Una práctica habitual

Los casos de violencia y amenazas por parte de camioneros a productores agropecuarios vienen siendo un método bastante frecuente en las principales regiones productivas del país, sobre todo en épocas de cosecha. 
En muchas localidades de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos también se registran serios inconvenientes entre las partes ante la inacción de las autoridades locales que se muestran incompetentes para frenar los delitos. 
Esto ocurre principalmente porque muchos productores deciden contratar camiones provenientes de otras zonas, los cuales resultan, en muchos casos, menos costosos. Ante este accionar, los camioneros reaccionan de esta manera “para defender su trabajo”.

En reiteradas oportunidades camioneros, productores y funcionarios acordaron priorizar la contratación de camiones locales, aunque, claro, resulta un tanto complejo avanzar legalmente sobre el derecho a la libertad de elección comercial de cada empresario. 
En este sentido, la Ley 10.837 de la provincia de Buenos Aires indica que “el transporte automotor de cargas es totalmente libre en todo el territorio provincial, no pudiendo limitarse por zonas, que afecten la libertad de circulación y contratación de cargas”. 
 

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