Los convivientes del mismo
sexo
pueden cobrar pensión por
cónyuge
Los cónyuges
del mismo sexo pueden tramitar la pensión por fallecimiento de su pareja. Podrá
solicitar la pensión el cónyuge o concubino del beneficiario fallecido,
acreditando dicho matrimonio o convivencia con la presentación de la partida de
defunción de su pareja.
El trámite es
gratuito y puede realizarse desde la página Web de ANSES, www.anses.gob.ar.
Para poder
efectuar la gestión, el solicitante debe contar con su número de CUIL y el del fallecido (causante); en caso de
percibir otro beneficio, con su número de beneficiario y de expediente; si el
causante tuviera hijos menores de edad por los cuales va a compartir el
beneficio, debe informar el CUIL de cada uno de ellos; y, finalmente debe presentar su domicilio
(donde recibirá la notificación de pago): calle, número, piso, departamento,
localidad, provincia, código postal, teléfono de contacto, dirección de correo
electrónico y número de beneficio del fallecido.
Asimismo, ANSES informa que hoy, 21 de diciembre, cobran los jubilados y
pensionados cuyo haber mensual supere la suma de $1627 y sus documentos
terminan en 4 y 5 y los beneficiarios de la Prestación por Desempleo
–PLAN 1– cuyos documentos finalizan en 0, 1, 2 y 3. El 22 de diciembre cobran
estos mismos jubilados cuyos documentos concluyen en 6 y 7 y los mismos de la Prestación por
Desempleo cuyos documentos terminan en 4, 5, 6 y 7.
El Subsidio de Contención Familiar se puede
tramitar con turno en ANSES
Ante el
fallecimiento de los jubilados y pensionados, ANSES abona el Subsidio de
Contención Familiar, a los herederos o a cualquier persona que comunique el
fallecimiento del beneficiario y acredite haber abonado los gastos del sepelio.
Esta suma fija es de $1.800.
Mediante la
presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que
realizó el servicio, la persona podrá acceder al cobro del subsidio, cuyo
derecho prescribe dentro del plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha
de fallecimiento del causante. El subsidio se podrá tramitar presencialmente o
desde Internet.
En caso de
existir familiares con derecho a una pensión, el subsidio será liquidado sin
tramitación adicional, junto al nuevo beneficio. En caso de coparticipación, es
decir que haya más de una persona con derecho al cobro de la pensión, se
liquidará en forma proporcional, según el porcentaje del beneficio que le
corresponda a cada uno. También podrán percibir este subsidio los herederos del
fallecido, cuando no haya personas con derecho al cobro de la pensión.
Hasta el 31 de enero pueden presentarse los
proyectos del concurso de fotografía de ANSES
ANSES extiende el concurso de fotografía "Tu
foco en la inclusión" hasta el 31 de enero de 2012 con el fin de reflejar
con imágenes el proceso de inclusión social que tienen como eje las políticas
públicas de la Argentina.
Las fotografías seleccionadas serán publicadas en
un libro de imágenes y participarán en una muestra fotográfica.
Entre todas ellas, el jurado elegirá dos en
carácter de 1º y 2º premio y tres Menciones Especiales, que ocuparán un lugar
destacado tanto en la publicación como en las exposiciones. Además, las obras
podrán ser utilizadas para ilustrar material de divulgación de ANSES.
Para más información y para consultar las bases y
condiciones, los interesados pueden ingresar a
www.anses.gob.ar/tu-foco-en-la-inclusion o enviar un correo electrónico a
focoenlainclusion@anses.gob.ar.
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