Jueves 15 de diciembre de 2011
Cómo gestionar un Retiro por Invalidez
ANSES informa
que las personas que padezcan alguna enfermedad que las incapacite, física o
intelectualmente, en forma total para el desempeño de sus tareas, pueden cobrar
el Retiro por Invalidez, siempre que cumplan con la condición de aportante
regular o irregular con derecho.
Como esta
prestación está destinada a los trabajadores que no puedan continuar con sus
funciones, el goce de este beneficio es incompatible con el desempeño de
cualquier actividad en relación de dependencia.
Para cobrar
este retiro, es condición fundamental no haber alcanzado la edad requerida para
acceder a la
Jubilación Ordinaria (60 años las mujeres y 65 los hombres) y
tener una incapacidad física o intelectual del 66 % o más, porcentaje que será
evaluado y determinado por las comisiones médicas dependientes de la Superintendencia
de Riesgos del Trabajo.
Asimismo, ANSES informa que hoy, 15 de diciembre, cobran los
jubilados y pensionados cuyo haber mensual no supere la suma de $1627 y sus
documentos terminan en 8 y los beneficiarios de la Asignación Universal
por Hijo (AUH) cuyos documentos concluyan en 6. El 16 de diciembre cobran estos
mismos jubilados cuyos documentos finalizan en 9 y aquellos de la AUH cuyos documentos terminan
en 7.
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