Sábado 22 de
octubre de 2011
Datos útiles
sobre las
elecciones
del 23 de octubre
Tras las elecciones primarias, abiertas,
simultáneas y obligatorias del 14 de agosto, la Argentina celebrará sus
elecciones generales el 23 de octubre. Allí, se elegirán cargos como presidente
y vicepresidente, senadores nacionales en ocho provincias y diputados
nacionales, además de gobernadores, intendentes y concejales.
GUÍA DEL VOTANTE
En las
elecciones generales del próximo 23 de octubre, los ciudadanos podrán elegir
entre aquellos candidatos a los cargos electivos nacionales que hayan sido
proclamados en las primarias. Las
mesas estarán abiertas de 8 a
18.
¿QUÉ SE VOTA?
Los ciudadanos
habilitados para votar en las elecciones generales de octubre eligen:
-Presidente,
vice y 130 diputados nacionales en todo el país
-24 senadores
nacionales en ocho provincias (Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja , Misiones, San Juan,
San Luis y Santa Cruz)
- Gobernadores,
intendentes y legisladores en nueve provincias (Formosa, Jujuy, Mendoza, Buenos
Aires, San Luis, San Juan, Entre Ríos, La Pampa y Santa Cruz)
¿QUIÉNES DEBEN VOTAR?
Los ciudadanos
de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los 18 años cumplidos
y que no cuenten con ninguna inhabilitación prevista por la normativa vigente, están
obligados a votar.
Los documentos
habilitantes son libreta de enrolamiento, libreta cívica y DNI
Para emitir su
voto, deberá estar inscripto en el padrón electoral y asistir a la mesa de
votación con el documento cívico que figura en el padrón o uno posterior. Los
DNI antiguos y nuevos son válidos, pero sólo la libreta (no la tarjeta).
¿PUEDEN VOTAR LOS ARGENTINOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR?
El ciudadano
argentino residente en el exterior puede ejercer su derecho a votar de manera
voluntaria. En ese caso, deberán inscribirse en el Registro de electores residentes en el exterior.
¿PUEDEN VOTAR LOS EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PAÍS?
Los residentes
extranjeros no pueden votar en los comicios generales de octubre. Sin embargo,
podrán elegir autoridades locales sólo en aquellas provincias cuya legislación
lo permita.
Para participar
en esa elección, los ciudadanos extranjeros deberán contar con su Documento
Nacional de Identidad (DNI) y empadronarse en un registro especial para la votación.
¿DÓNDE SE VOTA?
Salvo casos de
fuerza mayor, los electores deberán votar en el mismo lugar que lo hicieron en
las elecciones primarias del pasado 14 de agosto.
Más opciones
para consultar el padrón electoral:
-Por teléfono: 0800-999
PADRON (7237)
-Por mensaje de
texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el
número de DNI seguido de la letra "M" o "F", según el sexo
del elector
¿PUEDEN PARTICIPAR QUIENES NO HAYAN VOTADO EN LAS PRIMARIAS?
Sí, aun
aquellos que no hayan concurrido ante la justicia electoral de su jurisdicción
para justificar su ausencia en las primarias de agosto, podrán concurrir a
votar el domingo 23 de octubre.
¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE VOTAR?
-Los mayores de
70 años no están obligados.
-Los que se
encuentren a más de 500
kilómetros de distancia del lugar donde deban votar.
-Los jueces y
sus auxiliares que presten servicios el día del comicio.
-Los enfermos o
imposibilitados por fuerza mayor.
-El personal de
organismos o empresas de servicios que trabaje el día de la elección.
-Los ciudadanos
residentes en el exterior.
¿HAY SANCIONES POR NO IR A VOTAR?
La ley
establece una multa que está desactualizada y no se aplica, pero aquellos que
no voten tendrán problemas para hacer trámites públicos. Se deberá justificar
la inasistencia.
Para más
información ingresar a www.elecciones.gob.ar
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